sábado, 27 de agosto de 2016

ALGUNOS DE LOS COMPROMISOS DEL GOBIERNO DE COLOMBIA EN EL ACUERDO FINAL DE LA HABANA DE 24 DE AGOSTO DE 2016

Víctor Javier Meléndez Guevara
Abogado, Especialista en Derecho Público, Magister en Gestión de Organizaciones, Profesor de la Corporación Universitaria Autónoma del Cauca en el área de Derecho Público

Al lado de compromisos como la apertura democrática para construir la paz que consistiría en la “implementación de medidas que conduzcan a una plena participación política y ciudadana de todos los sectores políticos y sociales, incluyendo medidas para garantizar la movilización y participación ciudadana en los asuntos de interés público, así como para facilitar la constitución de nuevos partidos y movimientos políticos con las debidas garantías de participación, en condiciones de seguridad”.

El Gobierno Nacional se ha comprometido, en el Acuerdo Final de la Habana con las FARC-EP, de 24 de agosto de 2016, a crear las Jurisdicciones de Paz y Agraria; Instancias Especiales; Mecanismos de Articulación y Coordinación; Mecanismos Especiales; Comisiones; Espacios de Participación; Unidades de Investigación; Órganos de Verificación; Secretarías Ejecutivas; Comités de seguimiento y monitoreo; Espacios para dignificar a las víctimas; Instancias Nacionales; Programas Nacionales; Mecanismos de Información; Asambleas Comunitarias; Sistemas de prevención y alertas; Protocolos Especiales; Programas Integrales; Cuerpos de Seguridad y Protección; Subdirecciones al interior de la UNP; Unidades Especiales; Comisiones Nacionales; Consejos Nacionales; Misiones Electorales Especiales; Sistema de rendición de cuentas; Programas Especiales; Comités de Impulso; Comisiones de Seguimiento; Sistemas de planeación, información y monitoreo; Planes Progresivos de protección social; Planes nacionales de comercialización; Planes nacionales de fomento; Planeas nacionales de construcción y mejoramiento de vivienda; Planes Especiales de Educación y Salud Rural y otros Planes Nacionales; Incentivos para la solución de conflictos; Mecanismos de concertación y dialogo social; Instancias de alto nivel y Fondos de Tierras.

La financiación de éstos compromisos excluye la utilización de recursos ya incorporados al presupuesto nacional y prevé la realización de reformas constitucionales y legales para modificar el Plan Plurianual de Inversiones y la construcción de un Plan Marco de Implementación con una vigencia de 10 años; los Planes Nacionales de Desarrollo deberán incluir un Plan cuatrienal de implementación de los acuerdos.

Los compromisos que el Acuerdo Final resalta como de creación o creación e implementación, a cargo del Gobierno Nacional, son los siguientes:

1)   Una Jurisdicción Especial para la Paz
2)   Una Instancia Especial de Alto nivel con Pueblos Étnicos para el seguimiento de la implementación de los acuerdos, que se acordará entre el Gobierno Nacional, las FARC-EP y las organizaciones representativas de los Pueblos Étnicos
3)   Mecanismos para la articulación y coordinación con la Jurisdicción Especial Indígena según el mandato del artículo 246 de la Constitución y cuando corresponda, con las autoridades ancestrales afrocolombianas.
4)   Un mecanismo especial para la atención, trámite y seguimiento de denuncias y alertas de los ciudadanos/as y las organizaciones y movimientos por posibles hechos de corrupción relacionados con la implementación del Acuerdo Final.
5)   Una comisión de Implementación, Seguimiento y Verificación del Acuerdo Final de Paz y de Resolución de Diferencias.
6)   Espacios de participación para definir las prioridades en la implementación de las medidas de reparación colectiva; asegurar la participación comunitaria en la implementación de las medidas de reparación; y establecer mecanismos de seguimiento y veeduría a los proyectos. Se garantizará la participación de las mujeres en estos espacios de participación.
7)   Por fuera de la Jurisdicción Especial para la Paz, de conformidad con lo que determinen las partes, mecanismos judiciales tales como una unidad de investigación y desmantelamiento de las organizaciones criminales, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo, y sus redes de apoyo referidas en el punto 3.4 Acuerdo General de agosto 26 de 2012.
8)   Un órgano que verifique el cumplimiento de las sanciones. Dicho órgano también otorgará las autorizaciones necesarias para desplazamientos que no sean compatibles con el cumplimiento de la sanción.
9)   Una Secretaría Ejecutiva que se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la Jurisdicción Especial para la Paz bajo la orientación de la Presidencia de ésta.
10)Un comité de seguimiento y monitoreo a la implementación de las recomendaciones de la Comisión que entrará en funcionamiento una vez se haya publicado el Informe Final.
11)Espacios en los que las víctimas se vean dignificadas, se hagan reconocimientos individuales y colectivos de responsabilidad, y en general se consoliden el respeto y la confianza ciudadana en el otro, la cooperación y la solidaridad, la justicia social, la equidad de género, y una cultura democrática que cultive la tolerancia, promueva el buen vivir, y nos libre de la indiferencia frente a los problemas de los demás.
12)Una instancia nacional con representantes de las autoridades con competencia en el tema, instituciones científicas, centros especializados, instituciones educativas, asociaciones de padres y madres de familia, comunidades religiosas y personas consumidoras.
13)Un Programa Nacional de Intervención Integral frente al Consumo de Drogas Ilícitas
14)Mecanismos de información para facilitar el acceso a las oportunidades laborales que surjan en el marco de la implementación de la SRI y en particular de los planes integrales de sustitución y desarrollo alternativo, que le permita a la comunidad que habita los territorios afectados por cultivos de uso ilícito identificar y acceder a la oferta laboral disponible, teniendo en cuenta medidas diferenciales para las mujeres rurales.
15)Con el fin de poner en marcha el proceso de planeación participativa de abajo hacia arriba, se apoyarán y fortalecerán las asambleas comunitarias donde habrá participación efectiva de hombres y mujeres de la comunidad, y se crearán instancias de seguimiento a nivel municipal y de las asambleas comunitarias.
16)Un nuevo Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito-PNIS.
17)En la Defensoría del Pueblo, de manera coordinada con el Gobierno Nacional y la Unidad Especial de Investigación, un nuevo Sistema de prevención y alerta para la reacción rápida a la presencia, operaciones y/o actividades de las organizaciones y conductas criminales objeto de este acuerdo, en cuyo diseño participará la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad.
18)Un protocolo especial de protección para las comunidades rurales que fueron afectadas por el conflicto, el cual será concertado con las comunidades y organizaciones de cada territorio, incluidas las de mujeres, y con el Sistema Integral de Seguridad y Protección.
19)Un programa integral de seguridad y protección para las comunidades y organizaciones en los territorios, a instancias del Ministerio del Interior, que tendrá como propósito la definición y adopción de medidas de protección integral para las organizaciones, grupos y comunidades en los territorios, de manera que se contribuya a garantizar bajo un modelo efectivo, la implementación de las medidas de prevención y protección de las comunidades y sus territorios.
20)Un Cuerpo de Seguridad y Protección, conforme a lo establecido en este acuerdo, en su conformación de naturaleza mixta, integrado por personal de confianza del nuevo partido o movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad legal, el cual tendrá enlace directo y coordinación con la Policía Nacional que a su vez designará enlaces para cada esquema de seguridad y protección, a nivel nacional, departamental y municipal según el esquema operativo establecido.
21)Una Subdirección al interior de la UNP, especializada en la seguridad y protección, para las y los integrantes del nuevo partido o movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad legal, actividades y sedes, así como a las y los antiguos integrantes de las FARC-EP que se reincorporen a la vida civil y a las familias de todos los anteriores de acuerdo con el nivel de riesgo.
22)Una Unidad Especial, a través del cumplimiento de sus funciones en la Jurisdicción ordinaria, contribuirá al cumplimiento de los objetivos de la Ley de Justicia y Paz y de la Jurisdicción Especial para la Paz. En la medida en que aportará al fortalecimiento de la justicia y al desmantelamiento de las organizaciones que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo, garantizará a su vez la no repetición del fenómeno paramilitar, prevendrá la comisión de nuevas violaciones a los derechos humanos, y aportará así a la construcción de una paz estable y duradera.
23)Una Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, la cual tendrá como objeto el diseño y hacer seguimiento de la política pública y criminal en materia de desmantelamiento de cualquier organización o conductas de que trata este acuerdo que amenacen la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz.
24)Un Consejo Nacional de la Reincorporación (CNR), integrado por dos (2) miembros del Gobierno y dos (2) de las FARC-EP, con la función de definir las actividades, establecer el cronograma y adelantar el seguimiento del proceso de reincorporación, según los términos acordados con el gobierno. Habrá, igualmente, Consejos Territoriales de la Reincorporación paritarios en los términos y condiciones y con las funciones que defina el CNR. Estos Consejos serán organizados a la firma del Acuerdo final. El CNR podrá invitar a instituciones, organizaciones sociales u organismos internacionales para el desarrollo de sus funciones.
25)Con el objetivo de asegurar una mayor autonomía e independencia de la organización electoral, incluyendo del Consejo Nacional Electoral o la institución que haga sus veces, y modernizar y hacer más transparente el sistema electoral, para de esa manera dar mayores garantías para la participación política en igualdad de condiciones y mejorar la calidad de la democracia, tras la firma del Acuerdo Final, se creará una misión electoral especial.
26)Un mecanismo especial para la atención, trámite y seguimiento de denuncias y alertas de ciudadanos y ciudadanas y las organizaciones y movimientos por posibles hechos de corrupción en general, con énfasis en lo relacionado con la implementación de este Acuerdo.
27)Mecanismos de información, en el nivel local, regional y nacional, de fácil acceso, con el fin de garantizar la publicidad y transparencia en la implementación de este Acuerdo, como parte de un sistema de rendición de cuentas del Acuerdo.
28)Un sistema de rendición de cuentas del Acuerdo Final.
29)Un programa especial de difusión que se implementará desde el sistema de educación pública y privada en todos sus niveles. Se garantizará la difusión del Acuerdo en todos los niveles del Estado.
30)Un Consejo Nacional para la Reconciliación y la Convivencia, el cual estará integrado por representantes del Gobierno, el Ministerio Público, quienes designen los partidos y movimientos políticos, incluido el que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, organizaciones y movimientos sociales, en particular de mujeres, campesinos y campesinas, gremios, minorías étnicas, las iglesias, el sector educativo, entre otros.
31)Un comité de impulso a las investigaciones por delitos contra quienes ejercen la política y aquellos que atenten especialmente contra la oposición.
32)Una comisión de seguimiento y evaluación del desempeño del sistema integral de protección y de los avances en el desmantelamiento de organizaciones criminales y de todas aquellas que amenacen el ejercicio de la política. La comisión contará con representación de partidos y movimientos políticos.
33)Un sistema de planeación, información y monitoreo, con carácter interinstitucional y representación de los partidos y movimientos políticos, que permita realizar una evaluación de desempeño y de resultados, y a la vez ajustar la estrategia y procedimientos para garantizar las condiciones de seguridad en el ejercicio de la política.
34)Un Plan progresivo de protección social y de garantía de derechos de los trabajadores y trabajadoras rurales.
35)Un Plan nacional para la promoción de la comercialización de la producción de la economía campesina, familiar y comunitaria, que cuente con una perspectiva de género que promueva el empoderamiento económico de las mujeres rurales.
36)Un Plan nacional de fomento a la economía solidaria y cooperativa rural.
37)Un Plan nacional de construcción y mejoramiento de la vivienda social rural.
38)Un Plan Especial de Educación Rural.
39)Un Plan Nacional de Salud Rural.
40)Un Plan Nacional de Riego y Drenaje para la economía campesina, familiar y comunitaria.
41)Un Plan Nacional de Vías Terciarias.
42)Los incentivos necesarios para prevenir e impulsar soluciones a los conflictos entre la vocación de la tierra y su uso real, teniendo en especial consideración el plan de zonificación ambiental del que trata este punto y teniendo en cuenta el principio de Bienestar y Buen Vivir. Las sustracciones de las Zonas de Reserva Forestal a las que se refiere este Acuerdo, priorizarán el acceso a la tierra para campesinos y campesinas sin tierra o con tierra insuficiente, a través de diferentes formas de organización o asociación, incluidas las Zonas de Reserva Campesina, que contribuyan al cierre de la frontera agrícola, al fortalecimiento de la economía campesina y a la agricultura familiar.
43)Mecanismos de concertación y diálogo social entre el Gobierno Nacional, regional y local, los campesinos y las campesinas y las comunidades indígenas, negras, afrodescendientes, raizales y palanqueras, y otras comunidades en donde conviven diferentes etnias y culturas, y las empresas del sector privado que adelanten su actividad económica en los territorios rurales, con el fin de generar espacios formales de interlocución entre actores con diversos intereses, que permitan impulsar una agenda de desarrollo común, orientada hacia la sostenibilidad socio-ambiental, el bienestar de los pobladores rurales y el crecimiento económico con equidad.
44)Una instancia de alto nivel que se encargará de la formulación de lineamientos generales de uso de la tierra, atendiendo las características de su vocación, el bien común y las visiones territoriales de desarrollo rural construidos en el marco de las instancias de participación que contarán con representación equilibrada de hombres y mujeres.
45)Una nueva jurisdicción agraria que tenga una adecuada cobertura y capacidad en el territorio, con énfasis en las zonas priorizadas, y con mecanismos que garanticen un acceso a la justicia que sea ágil y oportuno para la población rural en situación de pobreza, con asesoría legal y formación especial para las mujeres sobre sus derechos y el acceso a la justicia y con medidas específicas para superar las barreras que dificultan el reconocimiento y protección de los derechos de las mujeres sobre la tierra.
46)Mecanismos ágiles y eficaces de conciliación y resolución de conflictos de uso y tenencia de la tierra, que tengan como propósito garantizar la protección efectiva de los derechos de propiedad en el campo; resolver los conflictos relacionados con los derechos de tenencia y uso de la tierra; y, en general, promover la regularización de la propiedad rural, incluyendo mecanismos tradicionales y la intervención participativa de las comunidades en la resolución de conflictos.
47)Un Fondo de Tierras de distribución gratuita. El Fondo de Tierras, que tiene un carácter permanente, dispondrá de 3 millones de hectáreas durante sus primeros 10 años de creación.


Los textos de cada compromiso fueron extractados del Acuerdo Final en https://www.mesadeconversaciones.com.co/sites/default/files/24_08_2016acuerdofinalfinalfinal-1472094587.pdf (Página consultada el 26 de agosto de 2016)